martes, 27 de noviembre de 2012

La cultura del no pagar y el no cobrar impuestos como determinantes de los bajos ingresos en las entidades territoriales


Columna de opinión
Revista Peso*

La cultura del no pagar y el no cobrar impuestos como determinantes de los bajos ingresos en las entidades territoriales

Un deber del ciudadano con la ley en general y con la hacienda pública en particular, es el pago de impuestos. De este modo, se constituye en parte activa de la financiación de una serie de planes, programas y proyectos que, de haber voluntad política, prevén direccionar el desarrollo territorial. A escala local, dentro de la tributación municipal, son el impuesto predial unificado y el impuesto de industria y comercio los que normalmente tienen mayor participación dentro de los ingresos tributarios. Estos, que son la mayor proporción de los ingresos propios del ente territorial, son aquellos que un gobierno requiere para funcionar. El gasto corriente, compuesto por los gastos de funcionamiento y los intereses de la deuda, es un gasto que debe ser pagado principalmente por los Ingresos Corrientes de Libre Destinación (ICLD).

Los municipios colombianos son en su gran mayoría de sexta categoría, es decir, aquellos que según la Ley 617 de 2000 tienen ingresos propios no mayores a 15.000 SMMLV (Salario Mínimo Mensual Legal Vigente) y una población no superior a 10.000 habitantes. Esta condición suele ser una característica de baja capacidad fiscal, sin embargo, adicionalmente existe un bajo esfuerzo que conduce a que el municipio se ubique por debajo de la capacidad de tributación que tiene. Dos comportamientos relacionados con bajos esfuerzos fiscales tienen que ver con la existencia de la cultura del no pago y la cultura del no cobrar impuestos.

La cultura del no pagar en parte está determinada por la credibilidad que tenga la ciudadanía en el gobierno local. ¿Cómo motivar al pago de impuestos cuando no existe confianza en las instituciones locales de gobierno?  En un estudio realizado por la Gobernación de Antioquía y la Universidad EAFIT, El impuesto predial en Antioquia: hacia el diseño de un recaudo óptimo, reconociendo que la confianza en el gobierno es un determinante de la evasión, se sugiere anclar el recaudo de los impuestos al desarrollo de programas específicos que vayan direccionados a suplir alguna necesidad de la población. La recomendación de política es importante, sin embargo, si no se acompaña de un proceso de rendición de cuentas constante, tendría poca y corta eficacia. La comunicación a la ciudadanía de la gestión pública se convierte en una posibilidad para que se corrobore si efectivamente el plan de gobierno se materializó en el plan de desarrollo y si este último tiene niveles de ejecución apropiados.

En este orden de ideas, el programa Fortalecimiento de los ingresos municipales,desarrollado conjuntamente entre la gobernación y la Universidad de Antioquia, busca generar una cultura de pago a través de un proceso de cultura tributaria. Se prevé enseñar tanto el compromiso social como el compromiso legal de la tributación. En este mismo programa se han identificado algunos comportamientos que permiten constatar la cultura del no cobrar por parte de los gobiernos locales. A través de la comunicación con funcionarios encargados de la hacienda pública municipal, se ha podido conocer que la dificultad del recaudo de impuestos tiene que ver en muchas ocasiones con la manera como se ha tratado a la población en materia tributaria. Lo que se ha presentado es un comportamiento paternalista que, con el fin de evitar futuros costos políticos, prefiere evitar conflictos asociados al pago de los impuestos y por esta razón se opta por no cobrar.

Estos comportamientos deterioran las finanzas públicas de los municipios y en algunos casos los conduce a tener que cumplir rigurosos planes de saneamiento fiscal y financiero. Estos planes pueden llegar a ser más costosos que establecer una cultura del pagar y del cobrar oportuna, la cual permitiría que los procesos de desarrollo cuenten con recursos propios para financiarse y de este modo la planeación territorial no estaría determinada por transferencias del orden nacional o departamental.

*Juan Pablo Agudelo Gil
Economista
Universidad de Antioquia

No hay comentarios:

Publicar un comentario