domingo, 7 de noviembre de 2010

La evolución de un concepto aún debatido

Investigación-RSE
Santiago Gómez Mejía

La evolución de un concepto aún debatido
¿Filantropía o legalidad?

La complejidad del concepto de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) radica hoy en que “dos disciplinas académicas defienden polos opuestos en el debate sobre las responsabilidades sociales de las empresas: la economía (que se enfoca en las corporaciones) y la filosofía moral (que se enfoca en las responsabilidades sociales propiamente dichas)" (Godfrey y Hatch, 2007, p.88).

Sin embargo, todos los intentos de teorizar sobre el tema parten de una inquietud original común: el impacto de las actuaciones empresariales en los entornos sociales sobre los cuales dichas organizaciones tienen incidencia. Sólo a partir de dicha relación, el concepto de RSE cobra sentido. Y esta no sólo es económica, como se pensaba inicialmente. Los aspectos sociales y medioambientales se tornan cada día en variables más relevantes para definirla (Araque, y Montero, 2006, p.17-19).

Aunque algunos autores afirman que los orígenes del concepto se puede rastrear a las iniciativas altruistas y de mecenazgo de algunos industriales del siglo XIX (Perdiguero y García, 2005; Doane 2004; Smith, 2003), tal y como manifiestan Araque y Montero,  “es posible trazar evidencias de la preocupación de la empresa por la sociedad durante más de tres siglos, pero es en el XX cuando [proliferaron] los estudios formales sobre este asunto… En el siglo XVIII y en buena parte del XIX, hablar de RSE era referirse a la caridad de los propietarios. Se trataba de una actitud paternalista de los grandes empresarios enriquecidos” (2006, p.23). Posteriormente, en la segunda mitad del XIX, la RSE fue entendida como la respuesta empresarial necesaria frente a las nuevas regulaciones gubernamentales, especialmente en el ámbito laboral. Pero fue sólo hasta mediados del siglo pasado que se dio un fuerte desarrollo conceptual en torno a la RSE, lo que indudablemente sirvió de insumo para los numerosos estudios aplicados de los años ochenta y la aparición de las más modernas teorías en torno al asunto en los albores del siglo XXI.

Desde la década de los cincuenta, con la publicación de Social Responsibilities of the Businessman de Howard Bowen en 1953, se destacaron dos vertientes teóricas diferenciadas que determinaron la evolución de la conceptualización desde entonces hasta la actualidad. Por una parte, la europea, que interpretó la ética empresarial, en el marco de la RSE, sin remitirse exclusivamente a los imperativos legales y jurídicos, tratando de establecer aproximaciones filosóficas y sociológicas para justificar su pertinencia, otorgando una alta importancia a la autorregulación. De otro lado, la norteamericana, que enfatizó en la elaboración de códigos de ética empresarial y la utilizó para justificar las prácticas empresariales lucrativas (Martínez Herrera, 2005, p.24).

Sin embargo, no es hasta dos décadas después que se establecieron claramente dos posiciones antagónicas frente a la responsabilidad de la empresa ante a su entorno inmediato, a partir del artículo en el que Milton Friedman (1970, p.122) afirmó que “la responsabilidad social de las empresas [era exclusivamente] incrementar sus beneficios”. A través de su disertación, Friedman afirmó que el modelo de mercado garantizaba la óptima asignación de recursos y por tanto no se requerían acciones adicionales de RSE, que la empresa no era una institución benéfica, que los costes en que ésta incurría para hacerse responsable disminuían sus ganancias, que el bienestar social era responsabilidad del Estado y no de los empresarios, y que exigir la implementación de estrategias de RSE a dicho sector era otorgarle más poder del que naturalmente debía tener.

Sus contradictores, por su parte, argumentaron que el óptimo del mercado que Friedman defendía era falso, “dada la discrepancia entre el modelo real y el modelo clásico de competencia perfecta” (Araque y Montero, 2006, p.30). Adicionalmente, defendían vehementemente que la RSE no era un gasto, sino una inversión que generaba beneficios a mediano y largo plazo, así como que la empresa tenía la obligación moral y ética de coadyuvar a la solución de los problemas sociales porque la sociedad le proveía recursos definitivos como educación, trabajadores cualificados, sistemas legales e infraestructuras. Pero también, argumentaron que los problemas sociales se resolvían de manera más eficiente si se contaba con la decidida participación empresarial (Araque y Montero, 2006, p.30).

Dicha discusión agudizó un debate que se ha extendido hasta nuestros días y que había permanecido parcialmente oculto durante los años previos, pero que en últimas determinó la diferencia sustancial entre la mirada europea y la norteamericana: ¿Debe ser la RSE un acto filantrópico y voluntarista, o por el contrario, debe ser una obligación establecida por las leyes?

Quienes consideraban que la RSE de la empresa se remitía a la maximización de sus beneficios tendieron a interpretarla como el resultado de una imposición estatal.

Por el contrario, aquellos que defendían su carácter voluntario afirmaban que “concebir la RSE  como un conjunto de obligaciones que hay que cumplir acarrea el peligro de que se separe lo ético de lo estratégico” (Araque y Montero, 2006, p.83), que “la filantropía como estrategia [consideraba] a la empresa como un actor fundamental del desarrollo sostenible, y se [orientaba] a mejorar el contexto competitivo” y que era sólo a través de esa discrecionalidad que la empresa podría convertir la RSE en fuente de eventuales beneficios, entre otras, porque “cuanto más estrechamente relacionada [estuviera] la filantropía de una empresa con su contexto competitivo, mayor [sería su] contribución a la sociedad” (Martínez Herrera, 2005, p.69-73).

En ese mismo sentido, algunos autores y documentos han definido la RSE como “la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores”, reiterando que “ser socialmente responsable no significa solamente cumplir plenamente las obligaciones jurídicas, sino también ir más allá de su cumplimiento invirtiendo más en el capital humano, el entorno y las relaciones con los interlocutores” (Libro Verde sobre Responsabilidad Social de las empresa, 2001, p.7), que “la asunción voluntaria de las repercusiones que la empresa tiene en su entorno, en el medio social donde está inmersa, y [se convierte], en consecuencia, [en] un aporte permanente al desarrollo sostenible, al bienestar de la sociedad y a todos cuantos giran alrededor de su actividad… y por tanto [en algo que] va más allá de lo que exige el derecho” (Perdiguero y García, 2005, p.133-134), y terminan definiendo RSE como “el mantener las relaciones con la comunidad mediante actividades de caridad y apoyo financiero, contribuir a fomentar acciones humanísticas como la igualdad en el trabajo, asumir obligaciones medioambientales que afecten el aire y al agua, dar prioridad a los consumidores fijando precios justos y preocupándose por la seguridad de los productos” (Davidson, 1994, p.29-30).

Dicho debate pareció neutralizarse cuando aparecieron definiciones intermedias, reconociendo que “lo voluntario y lo obligatorio evolucionan con el tiempo, al igual que los valores sociales” (Perdiguero y García, 2005, p.54), que “la responsabilidad [social empresarial es] voluntaria u obligatoria en función de las repercusiones que tengan los actos de irresponsabilidad y [su efectiva ejecución depende] de las consecuencias de no ser responsable” (Perdiguero y García, 2005, p.47), que “sólo cuando no cumplir la recomendación tiene un coste social muy elevado se establecen obligaciones legales” (Perdiguero y García, 2005, p.50),  y que en los dos escenarios –tanto en aquel en que cumplirla voluntariamente es posible como aquel en el que se requiere de una ley para hacerlo- la RSE es fundamental para el desarrollo social y también para promover el lucro privado. En últimas, que “la responsabilidad ocupa un espacio intermedio entre los derechos y las obligaciones formales. En ese sentido… [la RSE] no responde [sólo] ante la ley, sino [también] ante un estado de opinión pública construido en un momento concreto” (Perdiguero y García, 2005, p.67).

En términos del nivel de análisis, entonces, los debates en torno a la RSE se trasladaron de una discusión de sus efectos macro-sociales a un estudio de sus efectos sobre el desempeño financiero de la empresa, desde un punto de vista organizacional. Y en términos de su orientación teórica, desde estudios normativos y éticos, a otros sobre los impactos de la gestión de la RSE sobre la empresa (Paul, 2008, p.54).

El debate aún no se ha cerrado, y por tanto, una de las dificultades en la aplicación y la evaluación de estrategias de RSE en las sociedades actuales, es la falta de un consenso en torno a una definición compartida.

Imagen tomada de: http://theologikeal.blogspot.com/

Referencias bibliográficas:
         1.    Araque Padilla, R.A. y Montero Simó, M. J., (2006), La RS de la empresa a debate, Barcelona, Icaria.
2.    Davidson, J., (1994), ”The case for corporate cooperation community affairs” en Business and Society Review, 90, p. 29-30.
3.    Doane, D., (2004), “Beyond corporate social responsibility: Minnows, Mammoths and Markets” en The Journal of Policy, Planning and Futures Studies, edición especial: The Future of Ethical Corporations.
4.    Godfrey, P.C., Hatch, N.W., (2007), “Researching Corporate Social Responsibility: An agenda for the 21st Century”, en Journal of Business Ethics 70, p.87-98.
5.    Friedman, M., (1970), “The Social Responsibility of Business is to increase profits”, [En línea], disponible en:  http://www.colorado.edu/studentgroups/libertarians/issues/friedman-soc-resp-business.html.
6.    “Libro Verde sobre Responsabilidad Social de las empresa”, (2001), [En línea], disponible en: http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2001:0366:FIN:ES:PDF.
7.    Martínez Herrera, H., (2005), El Marco ético de la Responsabilidad Social Empresarial. Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá.
8.    Paul Lee, M., (2008), “A review of the theories of corporate social responsibility: Its evolutionary path and the road ahead”, en International Journal of Management Reviews, 10, 1, p. 53-73.
9.    Perdiguero, T., García Reche, A. (eds.), (2005), La Responsabilidad Social de las Empresas y los nuevos desafíos de la gestión empresarial, Universitat de Valencia.
10. Smith, N.C., (2003), “Corporate Social Responsibility: Wheter or How?” en California Management Review, 45(4), p.52-76.

No hay comentarios:

Publicar un comentario